Aplaza Congreso la entrada en vigor de la Ley de Víctimas para el Estado de Chihuahua

09.06.2016 17:00
BOLETÍN CONGRESO DEL ESTADO.- 
En sesión Extraordinaria del Poder Legislativo Estatal, el pleno legislativo prorrogó el inicio de la vigencia de la Ley de Víctimas para el Estado de Chihuahua.
Lo anterior, una vez reformado el Artículo Primero y la adición de los Artículos Sexto y Séptimo, todos ellos Transitorios del Decreto No. 915/2015 II P.O., de fecha 29 de junio del año 2015, publicado en el Periódico Oficial del Estado del día 27 de febrero de 2016, por virtud del cual se expidió la Ley de Víctimas para el Estado de Chihuahua.
La reformas aludida quedo de la siguiente manera:
Artículo Primero.- El presente Decreto entrará en vigor el día primero de enero del año 2017. 
Artículos, Segundo al Quinto. …
Artículo Sexto.- La Fiscalía General del Estado, a partir del día 13 de junio del 2016 y hasta el día en que entre en vigor el presente Decreto, deberá proveer de las medidas administrativas que estime convenientes, a efecto de proporcionar asesores jurídicos a las víctimas de delito que así lo soliciten, con las funciones que establece el Código Nacional de Procedimientos Penales y la Ley General de Víctimas. 
Artículo Séptimo.- El Ejecutivo del Estado deberá expedir el Reglamento Interno del Consejo General a que aluden los artículos 17 y 18 del Decreto No. 915/2015 II P.O., en un plazo de 90 días naturales a partir de la publicación del presente Decreto en el Periódico Oficial del Estado.